PREGUNTA Leí en una noticia que ahora se cumplen 50 años de la píldora anticonceptiva, añadiendo que eso fue un gran descubrimiento, un gran progreso de la humanidad, y que con ella el mundo entró en una nueva era para la mujer y para que los países controlen la natalidad. Como la noticia no dice nada sobre los aspectos éticos y morales del anticonceptivo, pregunto si usted podría tratar de esos aspectos de la “píldora del siglo XX”. Estoy queriendo aprovechar esta fecha (el cincuentenario) para esclarecer a muchas personas que participan en un encuentro de esposos en mi parroquia. RESPUESTA El remitente pide que tratemos de los “aspectos éticos y morales del anticonceptivo”. Ése es precisamente el ámbito de esta sección. Incluiremos apenas algunas referencias para los aspectos médicos, íntimamente relacionados con los aspectos éticos y morales del anticonceptivo, pero fundamentalmente nos atendremos a estos últimos. Ética y moral: ¿no es lo mismo? Es común hacerse la distinción entre ética y moral, si bien que ambas palabras, del punto de vista estrictamente semántico, signifiquen la misma cosa. Ética viene del griego ethos, y moral deriva del latín mos, ambas corresponden a una misma palabra en castellano, es decir, costumbre. Por lo tanto, ética o moral es la ciencia que trata de las costumbres o, más precisamente, de las reglas del comportamiento humano en las diversas esferas en que éste se desarrolla —individual, familiar y social. Sin embargo, es convencional hoy en día reservar la palabra ética para la ciencia del procedimiento humano del punto de vista de la Ley natural, mientras la moral la analiza del punto de vista religioso, es decir, en nuestro caso concreto, de los principios de la doctrina católica. En todo caso, se podría hablar también de moral protestante, calvinista, jansenista, etc., y hacer la crítica de ellas del punto de vista de la moral auténtica derivada de los Mandamientos de la Ley de Dios, es decir, la moral católica. ¿Qué es la Ley natural? En la naturaleza existen seres inanimados y seres animados, esto es, dotados o no de alma (en latín, anima), que comunica vida. Seres inanimados (por lo tanto, sin vida) son los minerales —una piedra, por ejemplo. Los seres animados cubren una gama que va desde los vegetales (con alma meramente vegetativa), pasa por los animales (con alma sensitiva, que incluye funciones vegetativas), hasta el hombre, dotado de un alma espiritual que ejerce funciones vegetativas, sensitivas y también intelectivas (cf. Santo Tomás de Aquino, Contra Gentiles, l. 2, c. 58), y que por ser espíritu no se destruye con la muerte. El hombre es por ello portador de un destino eterno. Así, enseña la fe católica que, al fin de los tiempos, el alma se reunirá al cuerpo, en la resurrección del último día.
Cada uno de los seres creados —minerales, vegetales, animales y humanos— tiene su naturaleza propia, y procede conforme a ella. Cada ser sigue la ley de su naturaleza, y en ese sentido amplio se podría decir que hay una ley natural para cada tipo o especie de ser. Sin embargo, como el hombre tiene una dignidad que lo coloca por encima de todo el universo creado (no estamos hablando de los ángeles), debido a que solamente él está dotado de alma espiritual, se reserva normalmente la expresión Ley natural para designar las leyes que rigen al ser humano. ¿Qué tiene que ver toda esta digresión sobre la Ley natural con el tema propuesto por el consultante? Es que, sin una comprensión profunda de lo que es la Ley natural, no se comprenderá la solución de la cuestión. Entendamos bien, por lo tanto: Así como sería ridículo querer impedirle a un perro de ladrar, al ver a un gato andando por encima del muro (está en la naturaleza del perro proceder así), es un absurdo total hacer leyes o crear artificios que contraríen la Ley natural, regidora del comportamiento humano. Estamos pues aproximándonos del tema propuesto: ¿qué dice la Ley natural sobre el uso de la píldora anticonceptiva? La razón de ser del matrimonio y de la familia La familia —instituida directamente por Dios desde el Paraíso Terrenal— existe para la transmisión de la vida, por eso ella se constituye por la unión de un hombre y una mujer. No obstante, diferentemente del que sucede con los animales irracionales, esa unión debe ser estable y de por vida, para garantizar la adecuada crianza y educación de los hijos a fin de que cada uno de ellos vaya, a su vez, a constituir otra familia, dando continuidad a la especie humana. Al proceder así, los cónyuges realizan la misión para la cual fue instituido el matrimonio, y en la realización de esa misión alcanzan la felicidad posible en esta Tierra. Eso no significa ausencia de percances y sufrimientos, pero es venciéndolos, con la indispensable ayuda de uno al otro, que ambos perfeccionan el propio ser y alcanzan la plena realización de sí mismos. De ese modo, de la finalidad primordial de la transmisión de la vida se destaca otra finalidad del matrimonio, que es el auxilio mutuo para la plena realización de cada cónyuge como ser humano (nótese bien que aquí estamos analizando la cuestión desde el plano de la Ley natural, y por lo tanto prescindiendo del auxilio de la gracia divina, de la cual después hablaremos). La unión del hombre y de la mujer en el matrimonio es tan elevada, y al mismo tiempo tan profunda, que Nuestro Señor Jesucristo usó una expresión fuerte para describirla: “Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre para unirse con su esposa, y serán los dos una sola carne. De manera que ya no son dos, sino uno solo. Pues bien, lo que Dios ha unido, que el hombre no lo separe” (Mc. 10, 7-10). En esta citación, la referencia a Dios no coloca, por sí sola, la cuestión en el plano exclusivamente sobrenatural, pues vale también para la Ley natural, una vez que la noción de Dios como Creador del hombre y de la mujer es plenamente accesible por la razón natural. Y siendo de la Ley natural, vale para todo ser humano, sea él católico o pagano, o adepto de cualquier otra religión. La condenación del anticonceptivo El acto conyugal tiene por lo tanto dos efectos: un efecto procreador y un efecto unitivo entre marido y mujer. Estos dos efectos son inseparables por la propia naturaleza, y el hombre no puede desvincular uno del otro. Por lo cual “queda además excluida toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga, como fin o como medio, hacer imposible la procreación” (Encíclica Humanae Vitae, de Paulo VI, 25-7-1968, nº 14). Como se ve, en esta exclusión están comprendidos todos los procesos que impidan la procreación: esterilización directa, sea perpetua o temporal, tanto del hombre como de la mujer; el uso de preservativos; y, por fin, los anticonceptivos. La Iglesia tiene el poder de sustentar esa enseñanza, pues además de transmitir la doctrina que recibió de su Divino Fundador, es también guardiana tutelar de la Ley natural. Licitud del recurso a los períodos infecundos No obstante, enseña la ya citada encíclica Humanae Vitae que, “si para espaciar los nacimientos existen serios motivos, derivados de las condiciones físicas o psicológicas de los cónyuges, o de circunstancias exteriores, la Iglesia enseña que entonces es lícito tener en cuenta los ritmos naturales inmanentes a las funciones generadoras para usar del matrimonio sólo en los periodos infecundos y así regular la natalidad sin ofender los principios morales que acabamos de recordar” (nº 16).
Sin duda, la cuestión envuelve aspectos muy variados y complejos, que es imposible agotar en una respuesta que tiene de ser necesariamente breve. Tres palabras adicionales que no pueden faltar aquí. La primera, recordando que la cuestión del anticonceptivo acostumbra ser tratada como si su uso estuviese exento de complicaciones médicas, cuya gravedad o frecuencia aún no están definitivamente establecidas. Pero sería necesario estar atento a ellas. La segunda, que los anticonceptivos en uso actúan de dos modos: o impiden la ovulación, y por lo tanto la fecundación del óvulo que no existe, frustrando de ese modo la finalidad del acto procreativo (se equiparan, en este sentido, a los preservativos); o son directamente abortivos, impidiendo la anidación del embrión ya formado, con la consecuente expulsión del organismo. En este último caso implican una acción criminal como el aborto, o sea, el asesinato de un ser humano ya concebido. La tercera y más importante observación: Una vez que Nuestro Señor Jesucristo elevó el matrimonio a la condición de sacramento, proporcionó a los cónyuges medios de santificación en el matrimonio, con gracias especiales para que alcancen sus finalidades específicas. Esto añade, por lo tanto, una mayor gravedad en la violación de los objetivos esenciales del matrimonio. Quedan ahí unas líneas generales, para que el remitente profundice en los documentos del supremo Magisterio de la Iglesia, abundantemente citados en la Humanae Vitae. Que la Santísima Virgen, Sede de la Sabiduría, lo guíe en ese estudio, a fin de orientar a los esposos según los sanos principios de la Santa Madre Iglesia.
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