La familia ha recibido, por parte del Creador, deberes y derechos respecto a la educación de los hijos. Este derecho de los padres tiene preferencia sobre el derecho de otras instituciones sociales. Ningún poder terreno —tampoco el Estado— está autorizado para disputar este derecho a los padres. Desde sus primeros tiempos, la Iglesia considera el problema de la educación de los hijos desde el punto de vista del derecho natural y este derecho obliga tan rígidamente a la Iglesia, que le resta prácticamente autoridad para introducir ninguna alteración o efectuar cambio alguno en el mismo. El derecho de la familia a la educación es un derecho primario que emana del propio hecho de la paternidad. Este derecho no puede ser sustraído a la familia; a lo más puede hablarse de que instituciones extrafamiliares auxilien a los padres en el cumplimiento de sus deberes educadores. En tal sentido, el hijo bautizado no corresponde tan solo a los padres, sino también a la Iglesia porque mediante el bautismo se ha convertido en el orden sobrenatural también en su hijo y porque la Iglesia, como esposa de Cristo y mediante la administración de los sacramentos, encarna el papel de madre. La Iglesia asume el puesto de madre en el orden sobrenatural porque los padres lo tienen según el orden natural. Por ello es su deber y su derecho impartir un magisterio y rechazar con energía todo ataque, toda cortapisa y toda limitación en el ejercicio de este derecho. Deber del Estado es asegurar el bienestar terreno de los ciudadanos. Pero la formación escolar no es tan solo un imprescindible engranaje en el mecanismo del bienestar humano, sino también la premisa de este mismo bienestar. Por ello, el Estado tiene en el avance civilizador, tanto el deber como el derecho a la colaboración y contribución a la educación paterna. Por ello está fuera de toda duda el básico interés que tanto la Iglesia como Estado tienen en las escuelas. Es obvio, sin embargo, que los objetivos de las dos esferas de poder son con frecuencia muy diversos y es asimismo frecuente su contraposición, en especial desde que se ha convertido en un hecho histórico la disociación del concepto religioso del puramente terreno.
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El legado de la primera santa de América |
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¿La fecha de la muerte de una persona es la de su resurrección? Nuestro remitente tiene toda la razón al sorprenderse por el cartel que designa el día de la muerte de san Pedro Julián como el de su “resurrección”. Tradicionalmente, el término “Día de la Resurrección” en la teología católica se refiere específicamente al futuro acontecimiento de la resurrección general al fin de los tiempos, cuando todos los muertos resucitarán para el Juicio Final... |
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¡Ay de quien se olvida y se aleja de Dios! A todos los magistrados y cónsules, jueces y gobernantes de toda la tierra y a todos los demás a quienes lleguen estas letras, el hermano Francisco, vuestro pequeñuelo y despreciable siervo en el Señor Dios, os desea a todos vosotros salud y paz... |
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La Maternidad Divina Las grandezas de María pueden dividirse en dos grupos. El primer grupo lo forman las grandezas que son ante todo funciones: la maternidad divina, la maternidad espiritual, la mediación universal, el papel de María en el apostolado católico, su realeza universal... |
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Europeización Denomino “europeización” a la comprensión de lo que Europa tiene de bonito y la adopción del estado de espíritu del europeo. No sería una mera valorización de lo que hay en Europa, sino la adquisición de un modo de ser inspirado en lo europeo... |
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La sagrada Rosa de la Ciudad de los Reyes El rostro de santa Rosa reflejaba una placidez sobrenatural. El pintor napolitano Angelino Medoro la retrató en aquel asombroso momento... |
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