PREGUNTA Veo en los órganos de prensa que algunos obispos norteamericanos han afirmado, que al presidente Biden se le debería prohibir recibir la comunión por estar a favor del aborto, mientras que otros dicen que la Eucaristía no puede ser utilizada como arma de guerra cultural. Aunque estoy seguro de que los primeros tienen razón, me gustaría conocer las razones por las que la Iglesia puede privar de la comunión a quienes promueven el aborto. RESPUESTA
El pedido de nuestro lector es muy oportuno, ya que los medios de comunicación de todo el mundo han publicado la nota en la que el actual presidente norteamericano Joe Biden, y su vicepresidenta Kamala Harris, han expresado su intención de transformar la decisión judicial Roe vs. Wade (1973), de la Corte Suprema de aquel país, en una ley federal que permita el aborto. Al mismo tiempo, publicaron fotografías y videos en los que se ve a Joe Biden comulgando. En Argentina, la misma perplejidad resultó de que el actual presidente comulgara, junto a su concubina, en una misa celebrada en la cripta de la Basílica de San Pedro, unos meses antes de presentar el proyecto de ley que liberalizaba el aborto en el hermano país. Ante estos escándalos, los fieles se preguntan si la doctrina de la Iglesia sobre el aborto ha cambiado. Porque si no ha cambiado, los políticos que promueven el aborto deberían seguir con la prohibición de comulgar, e incluso ser excomulgados, es decir, excluidos de la Iglesia. Dado que la enseñanza de la Iglesia sobre el aborto no ha cambiado, ni puede cambiar, hay sobradas razones para que aquellas dos penas se apliquen a los hombres públicos que discrepan abiertamente de la enseñanza de la Iglesia Católica, pues el asunto es muy grave en sí mismo; y además, provoca la matanza anual de millones de inocentes en el vientre de sus madres. Magisterio ordinario y universal La enseñanza de la Iglesia sobre el aborto es una verdad irreformable. Así lo declaró Juan Pablo II en la encíclica Evangelium vitae: “Con la autoridad conferida por Cristo a Pedro y a sus sucesores, en comunión con los obispos de la Iglesia Católica, confirmo que la eliminación directa y voluntaria de un ser humano inocente es siempre gravemente inmoral. Esta doctrina, fundamentada en aquella ley no escrita que cada hombre, a la luz de la razón, encuentra en el propio corazón (cf. Rm 2, 14-15), es corroborada por la Sagrada Escritura, transmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal” (nº 57). En el texto anterior, la negrita que hemos puesto en la última frase destaca dos observaciones importantes: El Papa no hizo una declaración solemne ex cathedra, utilizando las fórmulas habituales, en cuyo caso la encíclica Evangelium vitae habría sido infalible per se, es decir, por sí misma. Solo se limitó a reiterar que se trata de una enseñanza del “Magisterio ordinario y universal”. Pero al final de la frase colocó una nota que hace referencia al nº 25 de la Lumen Gentium del Concilio Vaticano II, que a su vez remite al nº 3 de la Constitución Dogmática Dei Filius, que declara solemnemente: “Deben ser creídas con fe divina y católica todas aquellas cosas que están contenidas en la Palabra de Dios, escrita o transmitida, y que son propuestas por la Iglesia para ser creídas como materia divinamente revelada, sea por juicio solemne, sea por su Magisterio ordinario y universal”. En otras palabras, se trata de una doctrina irreformable, no porque sea una declaración ex cathedra, sino porque siempre ha sido enseñada, por todos y en todas partes. En la encíclica Evangelium vitae, sin embargo, el Papa no dice que esa doctrina “está contenida” en la Revelación (como reza la fórmula de la declaración Dei Filius), sino apenas que ella “es corroborada” por la Sagrada Escritura. Si hubiera dicho “está contenida”, Juan Pablo II habría afirmado que tal doctrina debe ser creída con fe divina; e implícitamente, que su negación equivale a una herejía. Al utilizar la segunda forma —“es corroborada”, es decir, que la enseñanza se basa solo en la Escritura (que, de hecho, no hace ninguna mención directa al aborto)— ha evitado comprometer su autoridad magisterial como para transformar automáticamente esta enseñanza moral en un dogma de fe. La infalibilidad de esta doctrina pasa entonces a depender de la valoración del grado de conexión con la Revelación divina de esta verdad enseñada universalmente por el magisterio. Pecadores públicos En mi humilde opinión, esta relación entre la enseñanza tradicional y la Revelación es íntima, y además el Papa afirma que es transmitida por la Tradición. Por lo tanto, se puede concluir, desde mi punto de vista, que ya es una doctrina infalible que debe ser creída con fe divina, siendo herejes los que la niegan. Pero hay teólogos que tienen una opinión diferente, para quienes la negación de esta doctrina merecería sólo la censura de “doctrina errónea”, evitando castigar a los disidentes con la calificación de herejes. Los católicos que luchan contra el aborto habrían preferido que Juan Pablo II no permitiera la ambigüedad en un aspecto tan importante de la cuestión, tanto más cuanto que este aspecto tiene graves consecuencias canónicas. Sin embargo, el entonces cardenal Joseph Ratzinger, en la conferencia de presentación de la Evangelium vitae, confirmó los rumores de que la palabra “infalible” aparecía en los primeros borradores de la encíclica, pero la idea fue abandonada. Según él, sería “un poco absurdo” solemnizar enseñanzas tan evidentes en la Escritura y la Tradición. A posteriori¸ en vista de las actitudes de Biden, Fernández y tantos otros políticos “católicos” —y, desgraciadamente, del apoyo que reciben de tantos obispos y cardenales— estamos viendo que transformar la condena del aborto voluntario en un dogma de fe explícito no era el menor absurdo. Sea como fuere, aunque no sean formalmente herejes, los políticos que promueven el aborto y los obispos que los apoyan son ciertamente pecadores públicos por disentir abiertamente de la enseñanza oficial de la Iglesia. Este hecho, evidente para todo fiel celoso de la fe, también fue reiterado por el mismo cardenal Ratzinger, entonces prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, en una carta al arzobispo Theodore McCarrick de Washington (ahora reducido al estado laico, debido a graves acusaciones de abusos sexuales) en la que afirmaba que, siendo el aborto un pecado grave, y su despenalización una ley injusta, nunca es lícito hacer propaganda o cooperar con su adopción. De ello se desprende que “cuando la cooperación formal de una persona es manifiesta —entendida, en el caso de un político católico, como hacer campaña y votar sistemáticamente por leyes permisivas de aborto y eutanasia— su párroco debería reunirse con él, instruirlo respecto de las enseñanzas de la Iglesia, informándole que no debe presentarse a la Sagrada Comunión hasta que ponga término a la situación objetiva de pecado”. La carta continúa citando un documento del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos: “Cuando ‘estas medidas preventivas no han tenido su efecto o cuando no han sido posibles’, y la persona en cuestión, con obstinada persistencia, aún se presenta a recibir la Sagrada Comunión, ‘el ministro de la Sagrada Comunión debe rechazar distribuirla’”.1 Comunión indigna, alimento para la propia condenación De hecho, estos políticos pro--aborto son públicamente indignos de recibir la Sagrada Comunión (canon 915), de recibir la Extremaunción (canon 1007) o de beneficiarse de los funerales religiosos (canon 1184). La razón es que son “pecadores manifiestos”, una designación que el nuevo Código de Derecho Canónico da a los que el antiguo Código incluía como “pecadores públicos”.
El rechazo de los sacramentos es particularmente obligatorio en el caso de la Sagrada Comunión, no solo para evitar el escándalo de los fieles, sino sobre todo para impedir que el pecador cometa un sacrilegio. Porque, como enseña san Pablo, “quien coma del pan y beba del cáliz del Señor indignamente, es reo del cuerpo y la sangre del Señor” y “come y bebe su condenación” (1 Cor 11, 27 y 29). El Pontificio Consejo para los Textos Legislativos señala, con razón, que “la prohibición establecida en ese canon [915], por su propia naturaleza, deriva de la ley divina y trasciende el ámbito de las leyes eclesiásticas positivas: estas no pueden introducir cambios legislativos que se opongan a la doctrina de la Iglesia”. De ello se desprende que “ninguna autoridad eclesiástica puede dispensar en caso alguno de esta obligación del ministro de la sagrada comunión, ni dar directivas que la contradigan”.2 Por tanto, merecen la más perentoria condena los sacerdotes, obispos y cardenales que, eludiendo la legislación eclesiástica, dan la comunión a políticos abortistas o justifican el hacerlo. Con su actitud están negando implícitamente que la Eucaristía sea el Cuerpo y la Sangre de Nuestro Señor; o negando que los políticos sean pecadores manifiestos al aprobar leyes injustas; o eximiendo al aborto de la calificación de crimen abominable. Lo más probable es que nieguen todo esto, pero no tienen el valor de decirlo claramente y se esconden detrás de excusas poco convincentes, como indica nuestro consultante Si Nuestro Señor expulsó a los vendedores del Templo, ¿qué haría con los que no les importa que su Cuerpo y su Sangre sean profanados en beneficio de los que promueven la mayor masacre de inocentes de la historia de la humanidad? Pidamos a la Santísima Virgen que dé valor a los pocos pastores valientes, en los Estados Unidos y en otros lugares, que todavía defienden el honor de su Hijo y no dudan enfrentarse a los modernos Herodes, como lo hizo san Juan Bautista al precio de su propia sangre.
Notas.- 1. https://www.aciprensa.com/noticias/vaticanista-italiano-publica-carta-de-ratzinger-a-obispos-de-ee-uu-sobre-la-comunion. 2. https://www.vatican.va/roman_curia/pontifical_councils/intrptxt/documents/rc_pc_intrptxt_doc_20000706_declaration_sp.html.
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