Quisiera saber qué piensa la Iglesia Católica sobre la cremación de los cadáveres. ¿Está permitida la cremación a los ojos de Dios? Y si lo está, ¿qué se debe hacer entonces con las cenizas?
El tema es de gran actualidad. Se está poniendo de moda pedir ser cremado... La cremación es la destrucción violenta del cadáver humano por medio del fuego o de un gran calor, en el horno crematorio. Muchos pueblos paganos de la Antigüedad recurrían a la cremación. Por el contrario, el pueblo judío y después los cristianos, siempre rechazaron la cremación como indigna y no conveniente a la reverencia debida al cuerpo humano, templo de la Santísima Trinidad. Sin embargo, en sí, la cremación no es buena ni mala, pudiendo incluso ser utilizada como una necesidad en caso de peste, de catástrofes, en las cuales la corrupción lenta de un gran número de cadáveres puede ser peligrosa para la salud (exhalaciones pestilentes, contagios, etc.).
La razón por la cual la Iglesia se opone a la cremación no es porque ésta en sí estaría contra el dogma de la resurrección. La resurrección de los cuerpos no se hace más difícil por la cremación que por la corrupción de los cuerpos. Dios, a partir de una minúscula célula del cuerpo humano (sea contenida en la ceniza funeraria, sea en el resultado de la corrupción orgánica) lo reconstituye por entero. Hasta el 5 de julio de 1963 la disciplina canónica era severa en lo tocante a la cremación de los cuerpos de los fieles fallecidos. Castigaba negando las Exequias —es decir, la Recomendación del alma, y la celebración de las Misas de cuerpo presente, de séptimo y trigésimo día— a aquellos que postulasen la cremación de su cadáver. Si la Iglesia condena la cremación es antes que nada porque ella se opone a la antiquísima tradición que remonta a los propios orígenes de la humanidad y que radica en los justos sentimientos de reverencia hacia el cuerpo humano, santificado por la intimidad con el alma elevada por la gracia, que lo convierte en templo vivo del Espíritu Santo. La actual ley de la Iglesia, a partir del Concilio Vaticano II, al tratar de las exequias eclesiásticas dice lo siguiente: “La Iglesia aconseja vivamente que se conserve la piadosa costumbre de sepultar el cadáver de los difuntos; sin embargo, no prohíbe la cremación, a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana” (Código de Derecho Canónico, canon 1176 §3). En los casos en que razones psicológicas (ciertas neurosis de ser enterrado vivo) u otras razones lleven a alguien a desear la cremación (o en los casos de calamidades antes mencionados), las cenizas del difunto deben ser guardadas con respeto, como las cenizas retiradas de la sepultura cuando se completa la deterioración del cadáver por medio de la corrupción orgánica. El lugar apropiado para guardarlas son las urnas en los cementerios donde las personas pueden ir a rezar y recordar piadosamente al finado. Pero cualquier lugar digno puede ser utilizado. Enterrar a los muertos es una de las obras de misericordia y a ella se dedicaron innumerables cofradías piadosas durante los siglos en que la fe predominó en la sociedad occidental. Lo más importante, sin embargo, es rezar por las almas de los fallecidos, las benditas almas del Purgatorio. En virtud de la caridad que demostremos hacia ellas, Dios nos dispensará abundantes gracias durante la vida y abreviará nuestro purgatorio después de la muerte.
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Habemus Papam |
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