Estimados amigos: Confesar ante un sacerdote las faltas graves o mortales, es una condición para obtener de Dios el perdón de los pecados. La Santa Iglesia manda confesarnos al menos una vez al año: “Todo fiel que haya llegado al uso de razón, está obligado a confesar sus pecados graves al menos una vez al año, y de todos modos antes de recibir la sagrada comunión”, lo señala expresamente el “Catecismo de la Iglesia Católica” (cf. Compendio, Epiconsa, Lima, 2005, p. 101). Asimismo, para alcanzar el don de la indulgencia plenaria, uno de los requisitos es la confesión. El 13 de julio de 1917, la Virgen de Fátima anunció a los pastorcitos que vendría más adelante a pedir la comunión reparadora de los primeros sábados. Años después, el 10 de diciembre de 1925, la Santísima Virgen acompañada del Niño Jesús se le apareció a la hermana Lucía —en su celda, en la Casa de las Doroteas, en Pontevedra— para establecer la referida práctica, incluyendo en ella como condición la confesión. Pero cuántas almas viven alejadas de este sacramento instituido por el mismo Jesucristo Nuestro Señor. Lo ponen en duda, o simplemente huyen de él. Nuestro amigo y colaborador Nelson Ribeiro Fragelli, en la sección Tema del Mes, escribe amena y coloquialmente en este número sobre el confesionario, sagrado locutorio del tribunal de Dios, al que está estrechamente vinculado el sacramento de la penitencia. Quiera la Santísima Virgen que sus comentarios rompan las barreras psicológicas o de cualquier otra naturaleza, que a más de un lector, quizás, le impidan de recurrir a un buen sacerdote para acercarse a recibir la absolución sacramental. En Jesús y María, El Director
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El Confesionario Sagrado locutorio del tribunal de Dios |
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